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Un nuevo proyecto por la legalización del aborto entró al Congreso argentino


El Poder Ejecutivo, presidido por Alberto Fernández, presentó un nuevo proyecto para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).


El presidente argentino, Alberto Fernández, lo anunció en sus redes sociales el 17 de noviembre: envió a Diputados el proyecto para despenalizar y legalizar el aborto en el país. Es un compromiso que tomó de manera explícita en campaña y que la presión de las organizaciones sociales y los activismos feministas en los últimos meses tornó impostergable. Junto con el proyecto también presentó el Plan de los 1000 días, para acompañar la maternidad y la niñez temprana en situación de vulnerabilidad, para bajar la mortalidad, malnutrición y desnutrición.


Las proyecciones iniciales indican un rápido tratamiento en el plenario de las comisiones que lo deben dictaminar (Legislación General, Salud y Acción Social, Mujeres y Diversidades y Legislación Penal) y una media sanción asegurada en la Cámara Baja. El desafío, al igual que en 2018, es el Senado, donde se espera una votación más ajustada. Recordamos que hace dos años el Senado optó por el aborto clandestino con una diferencia de votos de 38 contra 31.


El proyecto de ley enviado a la Cámara de Diputados toma los consensos logrados en el debate por la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) de 2018 y algunos puntos del proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito -presentado por octava vez en 2019 y que aún tiene estado parlamentario.


La Campaña, en lucha por el derecho a decidir desde 2005, saludó con mucha satisfacción la presentación del proyecto de ley y expresó que este va en línea con el presentado por la Campaña y que es casi igual al que obtuvo media sanción en Diputados en 2018. Sin embargo, señalaron algunas diferencias entre los proyectos que generan dudas.


En cuanto a la objeción de conciencia, el proyecto del Ejecutivo establece que el personal médico puede negarse a realizar la práctica. La Campaña no lo contempla en su proyecto “por el uso violatorio a los derechos de las mujeres y personas gestantes del que ha hecho abuso el personal médico antiderechos”. Según indicaron, la objeción de conciencia es “la puerta de entrada del incumplimiento de la ley y la obstrucción del acceso, como ocurre actualmente con la provisión de las ILE en nuestro país y de las IVE en los países en donde está permitida en su legislación”.


En relación a la penalización, el proyecto de ley de la Campaña no admite alguna, mientras que el del Ejecutivo establece que quien aborte o consienta que otra persona aborte luego de las 14 semanas de gestación establecidas y por fuera de las causales de no punibilidad, será penada por la ley. Sin embargo, el nuevo proyecto presenta una baja en la pena: actualmente es de entre uno y cuatro años de prisión, y pasaría a ser de entre tres meses y un año, lo cual lo haría excarcelable. También incorpora la posibilidad de exclusión “cuando las circunstancias hicieren excusable la conducta”. Para la Campaña, este punto presenta una redacción “ambigua, y deja a arbitrio del juez la valoración de las circunstancias”.


La Campaña también expresó preocupación por el plazo máximo entre que la persona solicita la ILE y la realización de la práctica (en el proyecto del Ejecutivo es de 10 días, mientras que en el de la Campaña es de cinco días) y porque, si bien se habla de Educación Sexual Integral, el proyecto presentado no incluye expresamente el derecho a la IVE en el contenido curricular ni el marco con el que deberá ser trabajado en las aulas. Según el proyecto de la Campaña, “deben incluirse los contenidos respectivos en el currículo de todos los niveles educativos”, y la IVE debe ser enseñada como un derecho “de las mujeres y personas gestantes”.





El proyecto

El proyecto del Ejecutivo establece que las mujeres y otras personas con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana 14 inclusive. Fuera de ese plazo, tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo sólo si el embarazo fuera resultado de una violación o si estuviera en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

Toda persona tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en un plazo máximo de 10 días corridos desde su requerimiento. Se ofrecerá consejería pero no será obligatoria. El sistema de salud debe garantizar, tanto en el proceso de IVE como en el de post-aborto: trato digno, confidencialidad, privacidad, acceso a la información, autonomía y calidad.


Las personas menores de 13 años podrán solicitar una IVE mediante su consentimiento informado, con la asistencia de al menos uno/a de sus progenitores/as o representante legal. Las que estén entre los 13 y 16 años pueden decidir de manera autónoma, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida, en cuyo caso será necesario su consentimiento y el de al menos uno/a de sus representantes legales-. Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad para prestar su consentimiento.


El o la profesional de salud que intervenga de manera directa en la IVE tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Deberá derivar a la paciente para que sea atendida sin dilaciones y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica. Se fijan diferentes penas para profesionales de la salud que dilaten, obstaculicen o se nieguen a practicar la IVE en contravención de la normativa vigente. No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria post-aborto.

El Estado Nacional, las Provincias, la CABA y los Municipios tienen la responsabilidad de implementar la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, así como capacitar a docentes y personal de la salud.





Reclamo histórico

La penalidad del aborto es una medida de control sobre el cuerpo y la capacidad reproductiva de las mujeres y personas con capacidad de gestar. La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo es un reclamo histórico por la soberanía de nuestros cuerpos y una demanda urgente de salud pública por el número de mujeres muertas por abortos clandestinos en el país.


Educación Sexual para decidir,

Anticonceptivos para no abortar,

Aborto legal para no morir.

¡SERÁ LEY!


*Esta nota fue publicada en el Boletín Boca a Boca #45 de la Articulación Feminista Marcosur

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